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DownloadLAS PATRULLAS PEGASO NO CUENTAN CON ACREDITACIÓN COMO INSPECTORES AERONAÚTICOS
A través del Portal de Transparencia de la Administración General del Estado, AOPA-SPAIN ha elevado consulta sobre si la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha designado (tal como establece el Artículo 8 del RD 98/2009) como inspectores aeronáuticos a los integrantes de las denominadas “Patrulla PEGASO” (Policía Especialista en Gestión Aeronáutica y de Seguridad Operacional) de la Guardia Civil o a los integrantes de la unidad de Agentes de Seguridad y Protección Aérea de la Policía Nacional, ambos cuerpos dependientes del Ministerio del Interior.
Se solicitaba el desglose de la disposición, resolución u oficio de nombramiento correspondiente, su fecha, las atribuciones conferidas y el órgano de la Agencia que la hubiera emitido.
Atendiendo la consulta, AESA ha expresado que exclusivamente acredita como inspectores aeronáuticos a quienes desempeñen puestos de trabajo en órganos con competencias inspectoras (esto es, funcionarios o personal de la propia AESA) a quienes asignar actuaciones inspectoras.
Ello hace deducir que la colaboración que ésta haya prestado junto con ENAIRE y la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) en la formación de 171 agentes de la GC (que según las informaciones periodísticas integran las Patrullas Pegaso en todo el Estado), se ha limitado a dotarles de mejores conocimientos para su actividad en un entorno aeroportuario.
Así pues, la función de las Patrullas Pegaso y las unidades ASPA queda circunscrita a la vigilancia e inspección policial en materias de orden público y seguridad, sin extenderse en ningún caso a actuaciones de inspección aeronáutica.
Aopa en colaboración con el RACE ha hecho el siguiente requerimiento de información a través del Portal de Transparencia referente a:
Si la Agencia Estatal de Seguridad Aerea (AESA), conforme al Art 8 del RD 98/2009, ha designado como inspectores aeronáuticos a:
a) los integrantes de las denominadas “Patrulla Pegaso” (Policía Especialista en Gestión Aeronáutica y de Seguridad Operacional) constituidas por la Jefatura Fiscal i de Fronteres (dentro de la Jefatura de Operaciones de la Direcció Adjunta Operativa) de la Direcció de la Guàrdia Civil (Ministeri de l’Interior);
b) los integrantes de la unidad de Agentes de Seguridad y Protección Aérea de la Policía Nacional (Mº del Interior); con desglose de la disposición, resolución u oficio de nombramiento correspondiente, su fecha, atribuciones conferidas y órgano que la emite.
Pues bien, la respuesta es NO.
Os adjuntamos escrito de AESA:
Contestación del Sr. Raúl Medina Director General de la DGAC y de ENAIRE al informe que AOPA SPAIN ha elaborado sobre la situación de la Aviación General y sus problemas de urgente solución que se les hizo llegar el pasado 10 de diciembre.
Pulsa aquí para descargar la carta de Dirección General de Aviación Civil en PDF |
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Informe de nuestro Presidente Carles Martí Batera sobre la situación de la Aviación General y sus problemas de urgente solución que hemos dirigido al Director General de Aviación Civil y que nuestra asociación ha elaborado con ocasión de los debates del Grupo de Trabajo de Aviación General que se desea institucionalizar. Copias a:
Sr. D. Pedro Saura García (Secretario Estado)
Sra. Dña. Mª José Rallo del Olmo (Secretaría General de Transporte y Movilidad)
Sr. D. Raúl Medina Caballero (Dir. Gral Aviación Civil)
Sr. D. David Benito Astudillo
Sr. D. Angel Villa Hernando
Sr. D. Alfredo González Ruiz
Sra. Dña. Isabel Maestre Moreno (Dir. Gral AESA)
Sra. Dña. Marta Lestau Saénz (AESA Dirección Seguridad Aeronaves)
Sr. D. Javier Asenjo Moreno (AESA. Servicio de Trabajos Aéreos y Aviación General)
Sra. Dña. Susana Nogueira Pérez (AESA. División Licencias al Personal)
Sra. Dña. Magdalena Hernández Llorens (AESA.Servicio de Licencias AG)
Sr. D. Angel Luis Arias Serrano (Dir.Gral.ENAIRE)
Sra. Dña. Marta Hernández Muñoz (Div. Espacio Aéreo, Medio Ambiente y Servidumbres, ENAIRE)
Sr. D. José Antonio Aznar García (División de Calidad y Medio Ambiente, ENAIRE)
Sra. Dña. Gema Martín Egea (División de Servicios, Mantenimiento y Calidad, AENA)
Sr. D. Javier Marín San Andrés (Director General Aeropuertos, AENA)
Sr. D. Vicente Ramos Muñoz (División de Operaciones, AENA)
Sr. D. Amado Cea García (Dirección Aeropuertos Grupo III, AENA)
Carta "Informe situación AG. Temas urgentes a solucionar" (Pulsa aqui para descargar la carta en pdf completa):
Escrito presentado por la AGRUPACIÓN DE ESCUELAS DE FORMACIÓN AERONÁUTICA (AEFA), el REAL AERO CLUB DE ESPAÑA (RACE) y la ASOCIACIÓN DE PILOTOS PROPIETARIOS DE AERONAVES DE ESPAÑA (AOPA-SPAIN), el 9 de septiembre de 2020 que se envió a AESA solicitando la modificación y reducción del importe de la tarifa 28 de la tasa 312 junto a la respuesta de AESA.
Carta AEFA, RACE y AOPA-SPAIN (Pulsa aqui para descargar la carta en pdf completa):
ENAIRE lanza su aplicación ENAIRE Drones para poder planificar el vuelo de aeronaves no tripuladas. A través de esta app, se presenta el mapa del espacio aéreo de España indicando las zonas donde está permitido el uso de estas aeronaves.
ENAIRE Drones se lanza tras superar los 100.000 usuarios la web drones.enaire.es, incorporando algunas mejoras, y ya está disponible de forma gratuita en Google Play, y próximamente lo estará en Apple Store.
Según explica ENAIRE en un comunicado, la aplicación pretende dar respuesta a las necesidades de pilotos de drones, tanto profesionales como recreativos, para facilitar la identificación de áreas de vuelo permitidas, así como avisos aeronáuticos (NOTAMs) activos, espacios naturales protegidos o zonas de protección para aves.
Todos los datos presentados en la app móvil, al igual que ocurre en su versión web, provienen de la publicación AIP España, que ENAIRE se encarga de actualizar como responsable nacional de la provisión del Servicio de Información Aeronáutica (AIS).
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) cambia de sede y se traslada desde la calle General Perón, 40, en Madrid, al Paseo de la Castellana, 112, también en la capital de España, donde empezará a prestar los primeros servicios a partir del próximo martes.
Tras varios años de obras en el edificio que acogió al antiguo Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA), un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, fundado en 1971 y desaparecido en 1995 al refundirse junto al Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) en el organismo autónomo de carácter administrativo Parques Nacionales, en el próximo mes de noviembre se convertirá en la nueva sede de AESA.
Para la operación de la mudanza se convocó el pasado mes de junio el oportuno concurso por valor de hasta 619.301,80 euros. El contrato de servicios para el desmontaje, traslado y posterior montaje de los puestos de trabajo y despachos, así como traslado de toda clase de enseres concluye en los próximos días.
El primer servicio que estará abierto al público de forma presencial será el Registro General de AESA que dejó de estar operativo el pasado martes en la sede de General Perón y volverá a abrirse de forma presencial en la nueva sede el martes próximo.
El Registro de AESA estará operativo telemáticamente todo el tiempo, únicamente estará cerrado de forma presencial en los días de esta semana y siempre se podrá utilizar el Registro del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana o cualquier otro de la Administración General del Estado.
La Agencia seguirá prestando todos los servicios públicos como hasta ahora, inicialmente, de forma telemática debido a la mudanza que se está llevando a cabo. Se espera que en el mes de noviembre se puedan prestar el resto de servicios de forma presencial en Castellana 112.
Respuesta recibida de Presidencia del Gobierno a la carta conjunta de parte de AEFA, RACE y AOPA-SPAIN dirigida al Excmo. Sr. Ministro José Luis Ábalos (publicada en la web de AOPA el 6 de julio), denunciando la demora, la discriminación y el trato recibido por parte de la administración al sector de la Aviación General durante la vigencia del estado de alarma.
Se adjunta actualización del seguimiento de las Recomendaciones de Seguridad 8/18 y 10/18.
Carta conjunta de parte de AEFA, RACE y AOPA-SPAIN dirigida al Excmo. Sr. Ministro José Luis Ábalos y que pretende denunciar la demora, la discriminación y el trato recibido por parte de la administración al sector de la Aviación General.
EASA nos ha hecho esta imagen que resume de una forma muy visual las recomendaciones para Aviación General durante la pandemia de Covid-19. Esta imagen incluye un pequeño análisis de riesgos según la actividad que vayamos a realizar y las recomendaciones para prevenir contagios, también consta de una checklist de nuestro estado de salud que deberíamos realizar antes de cada vuelo.
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DEL HANDLING EN AQUELLOS AEROPUERTOS DE AENA CON OBLIGATORIEDAD DE CONTRATAR AGENTE DE RAMPA
AOPA Spain ha trabajado sin descanso en los últimos años para que la aviación general tuviese unas tarifas razonables en aquellos aeropuertos de la red de AENA donde el handling es obligatorio. Ahora queremos compartir aquí esta experiencia con todos los socios y simpatizantes del Real Aero Club de España. Siguiendo estos CINCO pasos podrá conseguir el servicio de acompañamiento para la aviación general a las tarifas reguladas por Aena, sin encontrarse con presupuestos "sorpresa" de más de ¡900 euros! para los servicios de un fin de semana de un monomotor de 4 plazas.
1. REVISAR EN EL AIP LA INFORMACIÓN DEL AEROPUERTO, Y COMPROBAR LA OBLIGATORIEDAD DE CONTRATAR SERVICIO DE ASISTENCIA EN TIERRA
La información suele estar en el punto "20. Reglamentación local". Ante cualquier duda ponerse en contacto con la oficina de operaciones (ARO) del aeropuerto, ya que desgraciadamente la información de los aeropuertos en el AIP no es estándar en todos ellos. Además, en algunos se necesita handling, pero después tienen excepciones por fechas, horarios o peso máximo al despegue.
2. IDENTIFICAR LOS AGENTES DE RAMPA DEL AEROPUERTO, Y SUS CONTACTOS, EN LA WEB DE AENA
Una vez confirmada la obligatoriedad de este servicio, hay que identificar los agentes de rampa (Handling) o también mal llamados en algunos casos agentes de aviación comercial. Estos son los que tienen la obligación de dar soporte a todas las operaciones que lo soliciten, incluidas las de aviación general. No hay que utilizar a los gestores de aviación general y de negocios que también aparecen en el AIP, ya que sus tarifas son libres y no tienen obligación de aplicar los precios máximos establecidos por Aena. En ocasiones en el AIP los agentes de rampa y sus contactos no están puestos al día, así que lo mejor es comprobarlo en el apartado sobre AGENTES DE HANDLING en la propia página web de Aena. Aquí encontrarás el listado de los aeropuertos y sus agentes de rampa (handling), con sus datos actualizados.
3. PEDIR PRESUPUESTO POR CORREO ELECTRÓNICO A LOS AGENTES DE HANDLING
Una vez con los contactos de dichos agentes, lo mejor es mandar un correo electrónico solicitando presupuestos para el "Servicio de acompañamiento en plataforma". Nunca hay que utilizar otra expresión o servicio, pues puede servir de base para añadir otras tarifas. En el correo incluir matrícula, modelo y peso máximo al despegue de la aeronave, y si ya lo sabemos, día y hora de llegada y salida del aeropuerto. El coste regulado de este servicio en 2020 es de 9,16 euros más IVA por trayecto, y se puede comprobar en la web de Aena, en el archivo bajo el nombre de GUIA DE TARIFAS DE AENA. El precio aparece en el apartado 8.2 en el cuarto párrafo "Proporcionar y manejar el equipo adecuado para el transporte de pasajeros y/o tripulación entre la aeronave y el edificio terminal y viceversa", concretamente la tarifa para la clase 4A, que incluye las típicas aeronaves de aviación general.
4. CONTACTAR CON EL AGENTE DE HANDLING ELEGIDO LO ANTES POSIBLE. Y TAMBIÉN EL DÍA DEL VUELO PARA AVISAR DE NUESTRA LLEGADA.
Tras recibir los presupuestos y aceptar uno de ellos, es una buena medida contactar por teléfono con el responsable de dicho servicio lo antes posible (y por lo menos 24 horas antes del vuelo), y así ya tener su número de teléfono directo para el día del viaje. Es importante llevar una copia del correo con el presupuesto, y la circular sobre handling para la aviación general de Aena (enlace más abajo) por si tenemos alguna discrepancia de última hora. Los agentes de rampa atienden a toda la aviación comercial, así que es recomendable llamar por teléfono antes de despegar para darle una previsión horaria de llegada. De esta forma ya tenemos un contacto reciente, y ya nos esperan. No hay que aceptar a pie de plataforma otros servicios distintos al contratado en el presupuesto.
5. SOLICITAR FACTURAS DEL SERVICIO, Y SI NO SE ESTÁ DE ACUERDO ENVÍANOS UN CORREO
Al llegar a la terminal, solicitar la factura del servicio de acompañamiento de llegada, y si la salida está planificada, también la de salida. Concretar las instrucciones para que el agente nos recoja en la terminal para llevarnos al avión en el momento de la salida. Si la factura no corresponde con el servicio contratado mostrar la circular de Aena, y si no es suficiente, abonar la factura, firmar en disconformidad, y remitir copia del email de solicitud del servicio y la factura a: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it..
Después de las reiteradas peticiones del sector, de todas las cartas y escritos en las que AOPA-SPAIN ha tenido un gran protagonismo, comienzan a levantarse las restricciones. Según el Boe publicado el martes 2 de junio que encontrarás aquí (Orden del Ministerio de Sanidad ) se permitirán las siguientes actividades según la fase en la que nos encontremos:
A partir de este miércoles, en las unidades territoriales que se encuentren en fase 2 podrán reanudarse las actividades de formación aeronáutica con sujeción a las medidas establecidas para estas actividades, según la Orden del Ministerio de Sanidad que este martes publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En los vuelos de instrucción se extremará la higiene, se guardará la máxima separación interpersonal posible y se tendrán en cuenta las instrucciones, recomendaciones y material guía adoptado por la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA) u otro material complementario que pueda desarrollarse, así como las que en cada caso establezcan las autoridades competentes, al objeto de proteger tanto al instructor como a los alumnos.
Los vuelos de instrucción deberán despegar y aterrizar en el ámbito de la unidad territorial en la que esté ubicada la escuela, sin que puedan realizarse aterrizajes o despegues en otras unidades territoriales, en tanto se mantenga la restricción a la libre circulación entre unidades territoriales.
En cuanto a Actividades de recreo y mantenimiento establece:
En las unidades territoriales que se encuentren en la fase 2, la navegación aérea de recreo podrá realizarse en grupos de hasta un máximo de 20 personas, incluido el piloto. En el desarrollo de estas actividades serán de aplicación los demás requisitos establecidos en la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase 1 de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura, así como lo dispuesto en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo.
El acceso de los propietarios de aeronaves para realizar comprobaciones de seguridad y mantenimiento en las mismas, no tendrá más restricciones que las derivadas de las limitaciones a la circulación y las medidas de seguridad e higiene establecidas al respecto por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de la Orden SND/ 414/2020, de 16 de mayo.
Para vuestro conocimiento, en nombre de los respectivos presidentes de las asociaciones:
AGRUPACIÓN DE ESCUELAS DE FORMACIÓN AERONÁUTICA (AEFA),
REAL AERO CLUB DE ESPAÑA (RACE),
ASOCIACIÓN DE PILOTOS Y PROPIETARIOS DE AERONAVES DE ESPAÑA (AOPA-SPAIN) y
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PILOTOS DE AERONAVES LIGERAS (AEPAL)
Acompañamos carta-solicitud que, conjuntamente, hemos presentado al Sr. Secretario de Estado D. Pedro Saura mediante su registro con nº 20205000513869 en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se solicitan las medidas que proponemos se apliquen al sector de la Aviación General y de los Trabajos Aéreos en la Fase 1 del PTNN.
Se adjunta carta (Carta conjunta crisis coronavirus Saura.PDF) así como Valoración de Riesgos (Valoración de riesgo COVID-19 ACBS.PDF ) en el retorno a las actividades presenciales realizado por el Aeroclub de Sabadell.
Resumen de lo que se solicita:
1)Se extienda inmediatamente la autorización otorgada en la Fase 1 por el Art 7 de la Orden TMA/400/2020,
a. Los vuelos de instrucción en doble mando, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronave.
b. Los vuelos solos supervisados.
c. Los vuelos de travesía entre diversas provincias, con la imposibilidad de abandonar el aeropuerto de escala y evitando el contacto con terceros.
d. Los vuelos de verificación de competencia y de pruebas de pericia, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronaves. Los vuelos recreativos y de ocio, incluso en aeronave propia, permitiendo la presencia de dos personas, aunque supere el 50% de ocupación de la aeronave.
2)No se imponga ningún límite territorial al espacio aéreo ni al trazado de la circulación del vuelo, imponiendo exclusivamente limitaciones al origen y destino.
3)Con carácter previo a la aprobación de cualquier disposición de carácter general, que afecte a la aviación no comercial, se otorgue un plazo de 24 horas a las asociaciones representativas del sector para que puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes al borrador de la disposición.
4)Se comunique con nitidez a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estas autorizaciones para que sus agentes puedan distinguir la adecuación de la operativa y facilitar la movilidad de las personas acogidas a esta regulación, tanto en su operativa aérea como en sus desplazamientos terrestres a los aeropuertos o aeródromos.
Carles Martí
Presidente