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Friday, 26 May 2017 19:00

Carta de Aopa-Spain a la Dirección de Seguridad de Aeronaves sobre el mantenimiento de motores Featured

Madrid.-Mayo de 2017. Ante la publicación de la Guía de mantenimiento de Motores emitida por AESA a inicio de este año, y visto el resultado de los contactos mantenidos con la agencia, el Presidente de Aopa Spain, Sr. Carles Martí Batera le envío esta carta a la directoda de la División de Aeronaves Sra Marta Lestau. 

 

Querida Marta,
Con fecha 16/01/2017 y aplicabilidad casi inmediata (31/01/2017), emitisteis desde la DSA una GUÍA (G-DSM-PMTO-04) con el título "Ampliaciones Puntuales al Programa de Mantenimiento" que restringe y agrava los criterios de la Instrucción Circular 35-03 por los que se regía el sector de la Aviación General en España de forma bastante satisfactoria. Por otra parte se había afirmado por vuestra parte que hasta que EASA no emitiera una regulación al respecto, se seguirían los criterios de la 35-03.

 

EASA emitió en 2013 la AMC2 M.A.302 (d) en la que se permitían dos ampliaciones sucesivas del 20% tanto de calendario como de horas de potencial sobre el TBO recomendado del fabricante, y en el caso de los ELA 1, de uso privado y el 99% de la aviación general, no había restricción al número de veces que se podían pedir las ampliaciones del 20%. En la práctica un mantenimiento del potencial "on conditions".
Además las normas de revisión e inspección necesarias para esta solicitud eran más "aliviadas" que las del propio 35-03.
Con fecha 19 Diciembre 2013, EASA retira estos AMCs en la "Decision 2013/034/R" del director ejecutivo de la Agencia Europea, al resultar ser demasiado restrictivos para algunos países miembros y poder resultar en el "grounding of several Aircraft" y tener en consecuencia un impacto negativo en la Aviación General.
Se espera, después de un proceso de consulta más generalizado con el sector y los países para poder emitir unas AMCs más acordes con la realidad de la AG en Europa.
EASA en su voluntad de aliviar el exceso de regulación que pesa sobre la aviación general está en el proceso de extender estas medidas del ELA1 a los ELA2 y a ciertos tipos de operación más allá de las privadas.
En este contexto no entendemos la razón de la GUÍA en cuestión que tanto daño puede hacer a nuestra aviación. ¿Por qué AESA va en el sentido opuesto al que va EASA?
Y no es la primera vez que desde los responsables en AESA de los temas de mantenimiento se aplican normas y criterios especialmente restrictivos que dañan gravemente a nuestra aviación. La aplicación, estilo AESA, de la parte M de mantenimiento en España dejó parte de la flota de aviación general en el suelo durante meses y hizo perder a nuestros mecanicos sus "grandfather rights" privándoles de muchas de sus habilitaciones. AOPA-SPAIN protestó enérgicamente ante AESA sobre la forma draconiana de aplicación de la normativa europea y lo denunció repetidas veces ante EASA. Perdura de forma grave, la pérdida de los derechos adquiridos de las licencias nacionales de mecánicos convirtiendo estás en algo infinitamente más restrictivo que las EASA, requiriendo una habilitación avión por avión del todo inaceptable y haciendo inviable el mantenimiento de los aviones históricos a menos que se recurra a los casi inexistentes talleres "especializados" en aviones históricos (sic), los verdaderos y únicos ganadores de esta sobre regulación.

Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS la inmediata retirada de dicha GUÍA, y hasta que no exista una nueva regulación europea nos sigamos rigiendo por la instrucción circular 35-03.

SOLICITAMOS también la pronta convocatoria del grupo de aviación general de AESA con carácter de urgencia para debatir tanto los procedimientos de extensión de potencial como las medidas de alivio que EASA está aplicando a la AG. Nos gustaría conocer también la posición española ante estos temas que se defiende ante EASA.

Será difícil proseguir con la discusión de los borradores de la nueva normativa nacional propuesta para las aeronaves de anexo II sin debatir primero la solución de los problemas planteados en la particular aplicación que AESA hace de la normativa europea.

Sin otro particular y reiterando nuestra voluntad de colaboración para encontrar soluciones viables para la aviación general en consonancia con la hoja de ruta de EASA para aliviar la normativa, recibe un cordial saludo

Carlos Martí
Presidente
AOPA-SPAIN

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